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LA ELECCIÓN DE CANTINERA TENDRÁ LUGAR EL 10 DE MAYO

Escrito por Compañia Olaberria.

Las candidaturas se pueden presentar hasta el 5 de mayo

El próximo 10 de mayo tendrá lugar en las antiguas escuelas de Olaberria la elección de cantinera. 

Las candidaturas podrán presentarse en el Bar Danok Anai, en el Bar Antúnez o entregándoselas a cualquiera de los miembros de la comisión hasta el 5 de mayo, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 6º del Reglamento de Régimen Interior, es decir, las candidatas deberán estar empadronadas y tener la residencia habitual durante los últimos siete años ininterrumpidamente dentro del ámbito de Olaberria, según distribución convenida a efectos del Alarde por las distintas compañías. Como única excepción, podrían ser candidatas aquellas chicas que por motivos de estudios hubieran tenido que empadronarse obligatoriamente en alguna otra población, pero que mantengan domicilio habitual en el ámbito correspondiente a Olaberria. Todas las interesadas en presentar candidatura lo harán avaladas con la firma de un componente de la Compañía Olaberria. Las candidaturas se presentarán en sobre cerrado, incluyendo los datos personales, fotografía con un tamaño máximo de 20 x 15 centímetros, fotocopia del Documento Nacional de Identidad y certificado de empadronamiento histórico.

La elección de este año corresponderá al ámbito Olaberria rural. El 6 de mayo tendrá lugar una reunión de la comisión para validar las candidaturas y, en su caso, subsanar posibles errores. La votación del 10 de mayo, como es costumbre, tendrá lugar entre las 20:15 y las 21:00 horas. En caso de que una candidata obtuviese la mayoría absoluta, será elegida cantinera. En caso de que ninguna de las candidatas obtuviera la mayoría absoluta, se procedería a una segunda votación entre las dos candidatas más votadas.

Tal como se recoge en el artículo 1.2. del Reglamento de Régimen Interior, podrán participar en la votación los miembros de pleno derecho de la compañía, considerándose como tal quienes "tengan una antigüedad no inferior a tres años o ejercicios, adquiriéndose tal condición al inicio del cuarto año desde el pago de la primera cuota", teniendo además "la obligación de satisfacer las cuotas económicas previstas para el funcionamiento de la Compañía Olaberria. Dichas cuotas deberán ser abonadas durante el primer trimestre del año o ejercicio". Cabe recordar que quienes "no hubiesen efectuado el pago de la cuota en dicho periodo podrán hacerlo con fecha límite del 30 de junio. Esta posibilidad conlleva la suspensión de los derechos del componente de pleno derecho durante el ejercicio en curso", no pudiendo, por tanto, participar en la elección de cantinera.